miércoles, 30 de octubre de 2013

Apuntes de Medicina Legal, clase 17 de Medicina Legal, VIF, ley 1257 de 2008.

VIF: LEY 1257 DE 2008. Objeto
Adopción de normas que permitan garantizar para todas las mujeres una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado, el ejercicio de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno e internacional, el acceso a los procedimientos administrativos y judiciales para su protección y atención, y la adopción de las políticas públicas necesarias para su realización.
Pareja: Vínculo afectivo y relacional entre dos Individualidades diferentes, quienes establecen (o establecieron) un proyecto vital común y mantienen (o mantuvieron) una relación erótico-afectiva.
Escenarios:
  De la familia:  cónyuges o compañeros/as permanentes        
   Fuera de la familia:  Relaciones de noviazgo o de amantes
En la concepción de pareja se incluyen las relaciones de parejas del mismo sexo, dentro o fuera del ámbito familiar.
VIOLENCIA: Es todo acto, omisión o amenaza hacia otra persona, grupo de personas o comunidad, que cause muerte, sufrimientos o daños en su integridad física, sexual, psicológica o social, y que ocurra en el ámbito público o privado.
VIOLENCIA BASADA EN GÉNERO: Violencia que se ha ejercido contra las mujeres, por su condición.
VIF: Toda acción u omisión protagonizada por uno de los miembros que conforman la pareja y que transforma en maltratantes las relaciones entre ellos causando daño físico, emocional, sexual, económico o social. La violencia intrafamiliar de pareja se puede presentar de diferentes formas…
  Abuso verbal: Utilización del lenguaje hablado para humillar, ridiculizar, amenazar o denigrar al otro miembro de la pareja.
Abuso emocional o psicológico: Subvaloración o descalificación del otro. Puede acompañar o preceder la violencia física como una forma de control a través del miedo y la degradación.
Aislamiento: Acción ejercida para controlar cada aspecto de la vida del otro miembro de la pareja como su tiempo, sus actividades, su contacto con los otros. Así mismo cuando a una persona no se le permiten trabajar, recibir llamadas telefónicas o ver amigos o familiares y debe estar fuera o desconectada del mundo exterior.
Abuso económico: La agresión se ejerce cuando se controla el acceso de la pareja  al uso del dinero, el manejo y gasto del mismo.
Abuso sexual: Desde un punto de vista médico-social (no jurídico) se refiere a todas las conductas que atentan contra los derechos sexuales y reproductivos de una persona. Incluye acoso sexual, violación, actos sexuales realizados contra el otro miembro de la pareja o contra la persona con la que se haya convivido o procreado.
Abuso físico: Se refiere a las conductas que atentan contra la integridad física del otro miembro de la pareja.
Factores de vulnerabilidad: Antecedentes de violencia sufrida en la familia de origen
Uniones forzadas por situaciones imprevistas
Desacuerdo en los intereses prioritarios de cada uno de los
    miembros de la pareja, en la crianza y socialización de los hijos
Antecedentes de violencia entre parientes en la familia de origen
Exposición de la familia a riesgos importantes en el ultimo año
Frustraciones familiares
Estrés personal
Falta de disponibilidad de tiempo para compartir con la familia
Ciclo: Mecanismo a través del cual la violencia va escalando hasta llegar a consecuencias irreparables. En los relatos de las víctimas es fundamental considerarlo, en tanto que se puede identificar el nivel de riesgo y activar factores protectores que rompan el ciclo.
Este modelo permite comprender la dinámica de las violencias conyugales desde la perspectiva de la severidad - tiempo en relación con el riesgo para la salud y la vida de las personas afectadas
Etapa de tension: -El hombre maltratador empieza a mostrarse tenso e irritable, cualquier comportamiento de la mujer despierta en él una reacción de enfado.
-La mujer sorprendida intenta hablar con él para solucionar el problema y ver la causa.
-El hombre la ve como excesivamente dependiente y empalagosa.
-La mujer, para no “molestarle”, comienza a no expresar su opinión, a no “contrariar”, “fase de inmovilidad”.
Explosion violenta: El hombre explota, pierde el control y agrede duramente a su pareja, verbal o físicamente. La insulta, la golpea, rompe cosas, amenaza con matar a los hijos y a ella, le interrumpe el sueño, la viola, etc.
La mujer se siente impotente y débil. La desigual balanza que se ha establecido a lo largo de los años la paraliza. No toma represalias, entra en una “indefensión aprendida” que le impide reaccionar.
Luna de miel: El agresor se siente muy arrepentido de su conducta (por lo menos las primeras veces), pide perdón, promete cambiar. Y realmente cambia, se torna encantador, le lleva el desayuno a la cama, le cura las heridas, incluso se hace cargo de las tareas domésticas, le “cede todo el poder” a ella.
Él deja de ponerle tantas restricciones, se relaja un poco y le permite las salidas. Si bebía deja de beber e incluso puede ir a terapia.
La mujer al ver estos cambios cree que él dejará de maltratarla y piensa de verdad que no volverá a ocurrir.
Escalada de violencia: Posteriormente y de manera repetitiva, se inicia nuevamente el ciclo de la violencia, el agresor se observa nuevamente irritable y seguro frente a la relación y la violencia vuelve a manifestarse, aumentando cada vez más la frecuencia e intensidad de la agresión a la pareja y, por ende, el riesgo de mayores consecuencias o incluso la muerte.
Riesgo inminente: Riesgo Inminente: La situación más extrema que pone en riesgo la vida de una mujer y factor de mayor peligro es su reciente separación o la decisión de separación.Es aquella situación en la que la mujer maltratada corre el peligro de que en los próximos minutos, horas o días se desencadene una situación de violencia, Ej: cuando llega pidiendo ayuda para salvarse, esconderse; hay que preguntarle si está segura cuando regrese a la casa.
B. Riesgo de Muerte -Si la pareja se ha separado recientemente.Si la severidad y la frecuencia del abuso ha ido aumentando con el tiempo.-Si hay incidentes de abuso de alta peligrosidad. Ej: Golpes, fracturas, heridas en la cabeza, disparos, quemaduras severas, golpizas que han requerido intervención médica.Si el compañero abusa de alcohol o de drogas. En un sentido similar si la mujer abusa de dichas sustancias.Si él la ha amenazado de muerte.Si el agresor tiene acceso a armas letales.
C. Riesgo de Autodestrucción:-El suicidio parece ser para ellas la única manera de salir de la situación. Hay que estar atento a los signos clínicos de depresión.-Hay que preguntar en forma sencilla para saber si la mujer ha pensado o ha atentado contra su vida.Si hay historia de incesto en el pasado y violencia conyugal en el presente, es preciso evaluar esta posibilidad con más cuidado aún.
D. Riesgo para la salud sexual y reproductiva:Las mujeres que sufren de violencia conyugal tienen mayor riesgo de experimentar infecciones de transmisión sexual, disfunciones sexuales y embarazos no deseados, entre múltiples posibilidades de daño.
PREÁMBULO:
  Membrete o nombre de la institución forense o servicio de salud  donde se realiza el abordaje forense.
  Fecha. No. de Radicación del caso. El destinatario (solicitante, dirección, ciudad). Las referencias, tomadas de la solicitud de examen (No. de Oficio,     Nro. de Previas o Proceso, Hecho que se investiga).Nombre completo e identificación de la persona entrevistada.Fecha y hora de la entrevista y/o examen.
ENTREVISTA: 
  Indagar antecedentes personales, sociales y familiares. Historia Personal.  Historia Familiar.  Antecedentes de enfermedades        fisicas y mentales.Historia de uniones previas de la pareja.
  Características de la pareja y familia actual: Tipo de unión; tiempo de convivencia (si están separados, desde cuando); tamaño de la familia; miembros que la componen (padres, hijos, otros...); lugar donde habitan; estabilidad del sistema familiar; relaciones cada uno de los miembros de la pareja con la familia extendida (especialmente suegros, cuñados y similares – aunque no vivan juntos-).
  Consumo de alcohol de algunos de los miembros de la pareja.
  Otros antecedentes:    Medico legales.  Gineco-Obstétricos.
                                            Medico-Quirúrgicos.
  Examen Mental.
  Relato de los hechos.
  Se debe registrar en el informe pericial la necesidad de atención psicológica o psiquiátrica que  tiene la persona examinada y coordinar su remisión efectiva al sector salud.
Informe: EXAMEN FISICO:  Descripción de lesiones.
  En todos los casos de violencia intrafamiliar de pareja, el examen debe ser completo, a fin de evitar pasar por alto zonas, en las cuales pueden existir lesiones o evidencia física que el examinado no haya advertido o mencionado.
El perito debe analizar e interpretar los hallazgos del examen en el contexto del caso específico, el cual está enmarcado por la información disponible que incluye el relato y los antecedentes de la persona examinada, así como la información aportada en los documentos enviados por el solicitante (oficio petitorio, copia de la denuncia, acta de inspección de la escena, historia social, entre otros), la historia clínica, los exámenes paraclínicos y el registro de los resultados de la entrevista inicial efectuada por un trabajador social, psicólogo o psiquiatra, o por el mismo médico.
El perito debe emitir la conclusión contextualizada en el caso que se investiga, integrando y correlacionando:   
-Los hallazgos clínicos (incluyendo tanto los positivos como los negativos).
-Los elementos físicos de prueba y las evidencias físicas encontradas.
-La información disponible aportada por la persona examinada y el solicitante del informe pericial.
En este aparte solo debe hacer referencia a los hallazgos más relevantes del examen médico consignados en el resto del informe pericial (retomando algunos fragmentos), evitando transcribirlos nuevamente en su totalidad.
Formular recomendaciones y hacer comentarios, que en su criterio profesional, sean pertinentes y conducentes para aclarar los hechos motivo de la investigación.
El perito debe identificar y consignar en el informe pericial las necesidades de salud, como el tratamiento médico, psicológico o psiquiátrico, que requiera la persona examinada. Igualmente debe facilitar la remisión efectiva a estos servicios conforme a la normatividad vigente.

Ley 1257 de 2008.

Apuntes de Medicina Legal, Clase 16 de Medicina legal, Estado de salud.

Estado de salud.
Examen médico legal mediante el cual un perito medico, siguiendo los protocolos forenses, apoya la administración de justicia estableciendo si una persona privada de la libertad como consecuencia de la aplicación de la ley penal, presenta alguna de las siguientes circunstancias de salud: ENFERMEDAD MUY GRAVE INCOMPATIBLE CON LA VIDA EN RECLUSION CP:  Mecanismo sustitutivo de la pena, estado rave por enfermedad. CPP:  Condición para suspender o sustituir la detención preventiva, aplazamiento, suspensión o sustitución de la ejecución de la pena. Son análogos en consideración a que en ambos casos se busca proteger a la persona en la salud y la vida, independientemente de su situación jurídica.
…Ambos conceptos hacen referencia a una situación
de salud incompatible con la reclusión so pena de poner en peligro la integridad física o salud y la vida
misma de la persona, al no recibir oportunamente un tratamiento requerido.
¡Quien solicita? Autoridad competente: 
Jueces de ejecución de penas y medidas de seguridad.
Jueces penales.
Fiscales.
Jueces de control de garantías.
Autoridades penitenciarias y carcelarias.
Defensor acreditado.
¿Quiénes lo hacen? 362 de la Ley 600 de 2000  (C. P. P.) 314 de la Ley 906 de 2004 (C. P. P.),
Médicos contratados por el Estado, ya sea mediante una relación legal y reglamentaria o mediante un contrato de prestación de servicios.
Los médicos del Servicio Médico Obligatorio, que tengan la condición de ser médicos oficiales.
ART  68 de la Ley 599 de 2000 (C. P.):
“Médico legista especializado”.
Enfermedad muy grave incompatible con la vida en reclusion: Condición para conceder el beneficio de SUSTITUCION de la pena privativa de la libertad por la reclusión domiciliaria u hospitalaria, donde continuará cumpliendo la sanción penal.  La persona a examinar se encuentra Condenada.
En este evento el tiempo de reclusión domiciliaria u hospitalaria se contabiliza como parte del cumplimiento de la pena.
Art 106 del Código penitenciario  y carcelario:  “El director del establecimiento de reclusión queda autorizado, previo concepto del médico de planta, a ordenar el traslado de un interno a un centro hospitalario en los casos de enfermedad grave,  intervención quirúrgica, bajo las medidas de seguridad que cada caso amerite”.
-Alteración severa, de carácter transitorio, de las condiciones físicas de una persona, que requieren de tratamiento médico o quirúrgico intrahospitalario urgente, debe darse prioridad a esa atención, por parte del servicio de sanidad y la autoridad carcelaria, garantizando la remisión a un centro hospitalario.
Grave enfermedad: Expresión utilizada en el CPP colombiano de 1987 y anteriores, como condición para la suspensión de la detención preventiva, así como para el aplazamiento o suspensión de la ejecución de la pena.
  Centra el foco de interés para conceder el beneficio en la cualidad de “grave” de la enfermedad y no en la situación del paciente a consecuencia del padecimiento de la enfermedad y las condiciones específicas de reclusión.
LEY 599 DE 2000 ART 68:
ESTABLECER  SI SUFRE DE ENFERMEDAD CALIFICADA COMO “MUY GRAVE”, INCOMPATIBLE CON LA VIDA EN RECLUSION FORMAL.
Reclusión domiciliaria u hospitalaria
por enfermedad muy grave: El juez podrá autorizar la ejecución de la pena privativa de la libertad en la residencia del penado o centro hospitalario determinado por el INPEC, en caso de que se encuentre aquejado por una enfermedad muy grave incompatible con la vida en reclusión.....”.
Estado grave por enfermedad: Condición Grave del estado de salud de un individuo por una enfermedad
Imposibilidad de brindar manejo que su condición de salud requiera en el centro de reclusión donde se encuentre. Ley 600 de 2000 Ley 906 de 2004.
  El código Penal del 2000 logró un significativo avance al virar el eje de atención de la condición de gravedad desde la enfermedad hasta el paciente, al expresar que el sujeto estuviere en “estado grave por enfermedad”.
  Determinar si un paciente está en situación de gravedad debido a una enfermedad; no basta con hacer sólo el diagnóstico de la enfermedad que padece el paciente, sino que se requiere avanzar a establecer las condiciones del paciente al momento del examen y sus circunstancias. …Esto es fundamental porque las condiciones de salud de un individuo no son estáticas, pudiendo evolucionar hacia la mejoría o empeorar, y está claro que un concepto dado en un momento en el tiempo, es válido para ese momento.
-No tiene fines asistenciales.
-No se hace prescripción médica.
-Orientar a la autoridad judicial correspondiente, sobre la
atención en salud que debe recibir el examinado.
-Establecer CONDICIONES DE SALUD.
-Finalidad de la norma:  Garantizar los derechos a la salud y a
la vida de las personas privadas de la libertad y recluidas en un
centro carcelario o penitenciario.
Ley 906 de 2004: En cualquiera de los casos mencionados, el funcionario judicial determinará si el (la) sindicado (a) o
Condenado (a) debe permanecer en su domicilio, en clínica u hospital.
Igualmente, según el código,
el funcionario exigirá certificado del médico legista quien dictaminará periódicamente sobre la
necesidad de continuar con la suspensión de la detención en la forma prevista
Funciones del perito: Establecer o confirmar el diagnóstico.
Evaluar la situación de salud actual del examinado.
Tipo de tratamiento requerido.
Condiciones que deben garantizarse para la recuperación o preservación de la salud.
Informar si dicho tratamiento debe ser intrahospitalario o ambulatorio.
Condiciones de manejo y cuidado necesarias para la atención adecuada y digna de las circunstancias particulares de salud del examinado (permanentes y transitorias).
Datos en la solicitud: Nombre de autoridad:  (ubicación)
Número del proceso o sumario.
Nombre completo de la persona a examinar.
Datos sobre la ubicación del sitio de reclusión.
Motivo del peritaje.
Documentos allegados.(Cuestionarios).
Información adicional que sea de importancia.
Estar firmada por quien la emite.
Condiciones: Si las condiciones de salud del recluso requieren un manejo médico de urgencias, debe darse prioridad a esa atención.
La determinación del estado de salud debe ser solicitada por escrito.
La valoración debe ser realizada en una sede del INML y CF o en la sede de un servicio de salud.
La realización del examen requiere el consentimiento libre e informado de la persona por examinar
Si es adolescente.  Defensor de familia.
Si se requiere exámenes paraclínicos emitir un primer informe donde se le informe a la autoridad.
Examen fisico: TOMAR Y REGISTRAR LOS SIGNOS VITALES.
 EXAMEN FISICO TOPOGRAFICO Y POR SISTEMAS DE CABEZA HACIA ABAJO
 CONSIGNAR HALLAZGOS POSITIVOS Y NEGATIVOS. En algunos casos solicitar por intermedio de la autoridad competente los exámenes paraclínicos o interconsultas con especialistas, para establecer, aclarar o confirmar el diagnóstico, el pronóstico y determinar las condiciones medio ambientales, de tratamiento y/o manejo, requeridas por el examinado para conservar o recuperar su salud
Discusion: BREVE SINTESIS DE ASPECTOS RELEVANTES POSITIVOS Y NEGATIVOS DE LA INFORMACION OBTENIDA QUE FUNDAMENTAN EL DIAGNOSTICO MEDICO REGISTRADO.
LENGUAJE DE FACIL COMPRENSION
MEDIDAS TERAPEUTICAS Y/O MANEJO QUE USUALMENTE REQUIERE.
Tener en cuenta: Riesgo para la vida o integridad del examinado sin tratamiento
Coexistencia de varias enfermedades concomitantes.
Riesgo de contaminación para otros reclusos.
Necesidad de tratamiento intrahospitalario-ambulatorio.
Compromiso de autonomía funcional y requiera de tercero para llevarlas a cabo.
Hacer precisiones y recomendaciones sobre condiciones de manejo y cuidado.
Necesidad de realizar nuevas valoraciones medicas
Conclusion: CONCLUSION CORTA Y CONCISA, PRECISANDO SI EL EXAMINADO SE ENCUENTRA O NO EN ESTADO GRAVE POR ENFERMEDAD O ENFERMEDAD MUY GRAVE, INCLUIR NECESIDAD DE NUEVAS VALORACIONES MEDICAS.
Al momento del examen de –nombre del examinado–, no se encuentran signos clínicos de enfermedad que permitan fundamentar un estado grave por enfermedad (o enfermedad muy grave incompatible con la vida en reclusión formal, según los términos de la solicitud). Frente a cualquier cambio en sus condiciones de salud debe solicitarse una nueva evaluación médico forense.
Al momento del examen, –nombre del examinado– presenta –tal o tales diagnósticos–, la(s)/los cual(es) en sus actuales condiciones NO permiten fundamentar un estado grave por enfermedad (o enfermedad muy grave incompatible con la vida en reclusión formal, según los términos de la solicitud).Requiere –tratamiento(s) requerido(s)– y control médico, que puede realizarse de manera ambulatoria, con la periodicidad que determine el médico tratante. Debe solicitarse una nueva evaluación médico-legal en (fijar término) o en cualquier momento si se produce algún cambio en sus condiciones de salud.
Al momento del examen, –nombre del examinado– presenta una impresión diagnóstica de –tal o tales diagnósticos– y se requiere(n) – tal o tales exámenes paraclínicos o interconsultas con especialistas–, los cuales puede(n) efectuarse de manera ambulatoria.
La autoridad judicial o carcelaria, debe coordinar lo pertinente para garantizar su realización a través de los servicios de salud carcelarios o del servicio de salud al cual tenga derecho el examinado. Debe solicitarse una nueva evaluación médico-legal cuando se cuente con los resultados respectivos o en cualquier momento si se produce algún cambio en lascondiciones de salud del examinado.
Al momento del examen, -nombre del examinado- presenta -tal o tales diagnósticos- y se encuentra en estado grave por enfermedad (o enfermedad muy grave incompatible con la vida en reclusión formal, según los términos de la solicitud), requiriendo manejo intrahospitalario con fines - diagnósticos / terapéuticos / diagnósticos y terapéuticos ,según el caso- Debe solicitarse una nueva evaluación médico legal una vez terminada la atención intrahospitalaria.
Al momento del examen, -nombre del examinado- presenta -tal o tales diagnósticos- , y se encuentra en estado grave por enfermedad (o enfermedad muy grave incompatible con la vida en reclusión formal, según los términos de la solicitud), por estar comprometida en gran medida su capacidad de autonomía funcional, lo que le impide realizar sus actividades básicas cotidianas (comer, vestirse, bañarse, ir al baño, desplazarse, incorporarse, etc), y hace necesario garantizar ciertas condiciones especiales de manejo y cuidado, así como su asistencia permanente por parte de una persona entrenada.Debe solicitarse una nueva evaluación médico legal en (fijar término) o en cualquier momento si se produce algún cambio en sus condiciones de salud.
No aplic para: No aplica para realizar un examen psiquiátrico forense (Psiquiatra).
-Para determinar si a una mujer gestante le faltan dos o menos meses para  el parto o si no han transcurrido más de seis meses desde el parto.
-Para establecer si el hijo(a) de una mujer cabeza de familia sindicada o condenada (o de un hombre que tenga la misma calidad), es menor.
Para establecer si el hijo(a) de una mujer cabeza de familia sindicada o  condenada (o de un hombre que tenga la misma calidad), sufre incapac.  permanente (física y/o mental).
-Para determinar si una persona privada de la libertad tiene más de 65 años.
-Para prescribir un tratamiento y/o manejo médico a una persona privada  de la libertad.
-Para evaluar si un establecimiento carcelario o penitenciario, brinda determinadas condiciones de atención en salud, alimentación, requeridas por una persona privada de la libertad.

-Para establecer si una persona se encuentra, o no, en condiciones de salud para atender una citación a una audiencia, ni para evaluar el estado de salud de una persona privada de la libertad, durante el desarrollo de una audiencia de cualquier tipo.

Apuntes de medicina legal, clase 15 de medicina legal, Toxicologia.

Toxicología y estupefacientes. .
ANALISIS QUE REALIZA:
Alcoholemias  ALCOHOL  ETILICO Y METILICO
PSICOFARMACOS- ESTIMULANTES, DEPRESORAS, ALUCINOGENOS Y SUSTANCIAS CON EFECTO MIXTO
TOXICOS :INSECTICIDAS  ORGANOFOSFORADOS, ORGANOCLORADOS , CARBAMATOS, BIPIRIDILOS(PARAQUAT)
CIANUROS,
MONOXIDO DE CARBONO.
HIDROCARBUROS.
METALES PESADOS SE REALIZAN EN  IML BOGOTA.
FALSIFICACION O ADULTERACION DE MEDICAMENTOS  (INVIMA BOGOTA)
ANALISIS DE ALIMENTOS Y AUTENTICIDAD  DE LICOTRS ( SECRETARIAS DE SALUD
ANALISIS DE TOXINAS DE ANIMALES ( INSTITUTO NAL. DE SALUD).
TOXICOLOGIA
TOXICOLOGIA CLINICA
TOXICOLOGIA ANALITICA
TOXICOLOGIA FORENSE
DEFINICIONES
TÓXICO
Sustancia  que potencialmente puede producir daño a la salud o muerte .
VENENO
Cualquier sustancia,  introducida en el cuerpo o aplicada en poca cantidad ocasiona graves trastornos  fisiológicos o la  muerte.
¿CUÁNDO?
CUÁNDO ES PROCEDENTE SOLICITAR UN ANÁLISIS TOXICOLÓGICO?
 Cuando está involucrado un agente  tóxico en la causa de la muerte
 Cuando se ha colocado a una persona en estado de indefensión 
 Accidente de tránsito
Clasificacion de intoxicación: según su origen: Iatrogénica
Homicida
Suicida
Accidental
                                                       EMBRIAGUEZ
Manifestaciones psicosomáticas producidas por el uso o abuso de sustancias psicoactivas, que estimule o deprima al sistema nervioso central.
ASPECTOS JUDICIALES
CONTRAVENCION DE TRANSITO
DELITOS CULPOSOS POR CONDUCTAS IMPRUDENTES (CONDUCIR Y CAUSAR LESIONES U HOMICIDIO).
FACILITADOR DE LA COMISION DOLOSA DE ILICITOS.
ALCOHOLEMIA
DEFINICIÓN:
Es la determinación de la  concentración de alcohol que se encuentra en la sangre circulante
Nota: La Embriaguez es un Concepto Clínico  y la Alcoholemia es un Concepto de Laboratorio
Absorcion: DIFUSION PASIVA EN BOCA Y ESOFAGO.
ABSORCION 20-25% ESTOMAGO.
INTESTINO DELGADO 75-80%
ESTOMAGO VACIO: DOSIS UNICA SE ABSORBE EN UNA HORA
La mucosa gástrica absorbe precozmente del 15 % al 20 % del alcohol ingerido y así se empiezan a elevar los niveles de alcohol en sangre y cerebro produciendo los primeros síntomas de la embriaguez.
PERDIDA DEL CONTROL DE LAS FACULTADES
Deshidratación, sialorrea,tufo.
Conducta bizarra.
Irritación conjuntival y otras mucosas (nasal).
Pupilas y su fotoreactividad (cicloplejia , cicloparesia).
Carácter de la articulación y fonación.
Perdida temporal de la Memoria.
Incoordinación.
Temblor.
 Caracteres de la respiración (Hipo)
Ley 769/2002 Art. 131 literal D.
Código Nacional de Tránsito
y Transporte
Para determinar el Estado de Embriaguez o Alcoholemia se determinará mediante una prueba de carácter científico que no cause lesión, la cual será determinada por  el Instituto de Medicina Legal.
EXAMEN CLINICO DE EMBRIAGUEZ
TÉCNICAS EMPLEADAS EN ALCOHOLEMIA
Cromatografía de gases
Bafometros
Kit con detector de etanol
NIVEL DE EMBRIAGUEZ
Concentración de Alcohol/100 mL de Sangre Total
NORMAL
0 – 39
PRIMER GRADO 
40 – 99
SEGUNDO GRADO
100 – 149
TERCER GRADO
150 En Adelante
ESTADO DE COMA
400

BEBIDA SOCIAL
CANTIDAD DE BEBIDA ALCOHÓLICA QUE AUMENTA LA ALCOHOLEMIA EN 25 mg/100 ml DE SANGRE
RETROCÁLCULO 

Cálculo del alcohol muy aproximado en el momento del hecho
Eliminación del alcohol 15 mg – 18 mg /100 ml cada hora
SE TOMAN 15 mg
ANALISIS DE ALCOHOLEMIA
METODO DIRECTO:
Medición de Etanol  en Sangre:
Cromatografía de gases
METODO INDIRECTO:
Medición de Etanol en Aire expirado:
Equipo alcoholsensor con registro.
   ALCOHOL  METILICO
NOMBRES : Alcohol  de Madera ,Metanol, Carbinol.
SE PRODUCE POR DESTILACIÓN DE LA MADERA ( Pino . Robles.)
FORMULA.
USOS: Removedor de pinturas , disolventes, hacer thinner, adulteración de bebidas alcohólicas.
ABSORCIÓN .( ORAL ,  INHALACIÓN .PIEL)
INGESTIÓN DE 60 mL es Fatal.
SECUELAS SEVERAS Y MUERTE.
Alcohol metílico: CEFALEA INTENSA  +VISION BORROSA    +ABDOMEN AGUDO
INDICIOS DEJADOS POR LOS TÓXICOS
Quemaduras
Olor característico (plaguicidas, solventes, licores)
Color rojo cereza en la piel
Venopunción reciente
Recipientes relacionados
Quemaduras y corrosión de tejidos
Otros macroscópicos del intoxicado
FASES SEGUIDAS  PARA UN ANÁLISIS TOXICOLOGICO
  SEPARACIÓN O EXTRACCIÓN
  DETECCIÓN E IDENTIFICACIÓN
  CUANTIFICACIÓN DEL TÓXICO    
(SANGRE)
TIPO DE MUESTRA
ANÁLISIS
TAMAÑO DE LA MUESTRA
SANGRE
ETANOL, METANOL, MONOXIDO DE CARBONO,CIANURO
5 a 10 mL.
ORINA
0RINA RECOLECTADA EN 24 H0RAS.
FÁRMACOS  Y DROGAS DE ABUSO
TALIO Y SUS SALES
30 ml
VEJIGA O Lavado vesical
SE ENVÍA CUANDO NO HAY ORINA DISPONIBLE
TODA  O EL LAVADO VESICAL
HIGADO
ESTOMAGO
FÁRMACOS, PLAGUICIDAS, METALES
200 g
TODO EL CONTENIDO
BILIS
HEROINA
TODO EL CONTENIDO.
PELOS Y UÑAS
(METALES)
MUESTRAS PARA   TOXICOLOGIA
SIN PRESERVATIVOS
Datos de autoridad solicitante
Número de acta de levantamiento
NUNC.
Número de reconocimientos médico o necropsia
Fecha y hora de toma de muestras
Descripción de elementos de prueba
Nombre y firma de autoridad remitente responsable
MUESTRAS DE ESTUDIO HISTOPATOLÓGICO FORMOLIZADAS
CORAZON
CEREBRO
PÁNCREAS
PULMON
TOXICOS MAS FRECUENTES
CIANURO.
ORGANOFOSFORADOS.
CARBAMATOS. (baygón).
        C I A N U R O.
ACIDO CIANIDRICO :  HCN.
SALES: NaCN , KCN.
USOS:  JOYERIA . METALURGIA. FOTOGRAFIA  Y           CAMARA DE AJUSTICIAMIENTO.
COMPUESTOS CIANOGENICOS.   ALMENDRAS,
SIGNOS Y SINTOMAS EN LA INTOXICACION POR CIANURO
IRRITACION DE LA MUCOSA GASTRICA
CONVULSION .
PERDIDA DEL CONOCIMIENTO
OLOR CARACTERISTICO : ALMENDRA .
ANOXIA.
CIANOSIS.
MUERTE POR FALLA RESPIRATORIA.
 MECANISMO DE ACCION DE LA INTOXICACION POR CIANURO
ANOXIA POR INTOXICACION
EL HIERRO DE LA HEMOGLOBINA SE UNE AL CIANURO Y FORMA EL COMPUESTO : HbFeCN. BLOQUEANDOLA ENTRADA DE OXIGENO A LA CELULA.
   MONOXIDO DE CARBONO
GAS – LIVIANO.
COMBUSTION INCOMPLETA.
NO ES IRRITANTE.
NO TIENE OLOR
INSABORO.
CONCENTRACION.
10% . MOTORES , ESTUFAS.
  MECANISMO DE INTOXICACION  POR   MONOXIDO DE CARBONO
HEMOGLOBINA Hb.  SE UNE CON EL MONOXIDO DE CARBONO, SE
PRODUCE LA  CARBOXIHEMOGLOBINA. (COHb)
    LA CARBOXIHEMOGLOBINA  ES  220 VECES MAS ESTABLE  QUE LA UNION  OXIGENO – HEMOGLOBINA

SIGNOS  CLINICOS DE INTOXICACION  POR   MONOXIDO DE CARBONO
NAUSEAS . CEFALEA.
PARALISIS DE MIEMBROS INFERIORES.
EDEMA CEREBRAL.
FIBRILACIÓN VENTRICULAR
PALIDEZ , CIANOSIS
ANOXIA.  LESION NEUROLOGICA
COLOR ROJO CEREZA ( MUERTE)
D E F I N I C I O N E S.
INSECTICIDAS: PLAGUIDAS QUE CONTROLAN Y DESTRUYEN ARTROPODOS.
 FUNGICIDAS: PLAGUIDAS QUE  ELIMINAN  HONGOS.
HERBICIDAS: PLAGUIDAS QUE DESTRUYEN HIERBAS ( DESFOLIANTES Y ARBORICIDAS)
RODENCICIDAS: PLAGUIDAS QUE  MATAN RATAS Y OTROS ROEDORES.
INSECTICIDAS CARBAMATOS. (BAYGON )
DERIVADO DEL ACIDO CARBAMICO.
INHIBEN LA COLINESTERASA.
CARBAMATOS MAS COMUNES : Propoxur baygón. Aldicarb- carbofuram
INTOXICACION POR CARBAMATOS
ABSORCION ORAL, INHALATORIA, INYECTABLE, DERMICA .
ACCION :  COLINESTERASA CARBAMATO = LIBRE ACELCOLINA.
TIPOS DE INTOXICACION : ACCIDENTAL Y SUICIDA.
TOXICIDAD : 0.1 A 0.3 mg. / Kg.
INTOXICACION  POR  CARBAMATOS
ES UN CASO DE ALTA URGENCIA.
INTOXICACION POR CARBAMATOS
SINTOMATOLOGIA:
VISION BORROSA . SIALORREA . VOMITO. DISNEA. AUMENTO DE LA DIURESIS. DOLOR ABDOMINAL TIPO COLICO.  PUPILAS MIOTICAS .FALLA RESPIRATORIA .  DEPRESION DEL CENTRO CARDIO RESPIRATORIO = MUERTE.
MEDICION DE LA ACTIVIDAD DE LA COLINESTERASA.
CADAVER: OLOR CARACTERISTICO. ABUNDANTE SECRECION Y AUSENCIA DE FAUNA CADAVERICA.
INSECTICIDAS ORGANOFOSFORADOS.
DERIVADO DEL ESTER DEL ACIDO FOSFORICO.
INHIBEN LA COLINESTERASA.
ORGANOFOSFORADOS MAS COMUNES: PARATIÓN , MALATIÓN Y  SARIN.
EN EL ORGANISMO : EL  PARATIÓN SE COVIERTE EN PARAXÓN.
ORGANOCLORADOS
PROHIBIDOS EN COLOMBIA
DDT. ALDRIN. LINDANO. ENDRIN. CLORDANO.
SINTOMATOLOGIA
Son hepatoxicos. Producen toxicidad:
Neuropatias: Temblores , Irritabilidad
Temblores, Cefalea , Vértigos.
Afecciones Hepáticas  y  Renales.
Convulsiones. Dificultad Respiratorias.
Nauseas. Vómitos. Dolor abdominal
ORGANOCLORADOS
PROHIBIDOS EN COLOMBIA
DDT. ALDRIN. LINDANO. ENDRIN. CLORDANO.
SINTOMATOLOGIA
Son hepatoxicos. Producen toxicidad:
Neuropatias: Temblores , Irritabilidad
Temblores, Cefalea , Vértigos.
Afecciones Hepáticas  y  Renales.
Convulsiones. Dificultad Respiratorias.
Nauseas. Vómitos. Dolor abdominal
INTOXICACION POR PLAGUICIDAS
HERBICIDAS (matamalezas)
PARAQUAT (GRAMOXONE)
TOXICIDAD VIA ORAL
ALVEOLITIS Y rompimiento de membranas
FASE AGUDA; FIBROSIS PULMONAR INTERSTICIAL
PIRETRINAS Y PIRETROIDES
PIRETRINAS  = SUSTANCIAS INSECTICIDAS DE ORIGEN NATURAL.
PIRETROIDES: = SUSTANCIAS INSECTICIDAS  DE ORIGEN SINTETICO.
VIA DE ADMINISTRACION :  ORAL.
TOXICOS CAUSTICOS
1. ACIDOS : Ácido  Sulfúrico.
Ácido clorhídrico (muriático).     Ácido Nítrico.
2. ALCALIS : Soda Cáustica
METALES PESADOS-MERCURIO
ELEMENTO LIQUIDO : Hg.
NOMBRE: AZOGUE. PLATA LIQUIDA.
HIDRARGISMO.
PRESENTACION : LIQUIDO , SALES DE MERCURIO (CLORURO DE MERCURIO) Y ORGANO MERCURIALES: (METIL Y ETIL MERCURIO.)
INTOXICACION POR MERCURIO
VIAS DE INTOXICACION:
PULMONAR: (INHALACION DE VAPORES. )
ORAL : (SALES DE MERCURIO.)
PARENTERAL: (INYECTADO.)
CUTANEA.(CONTACTO CON LA PIEL)
USOS:
, SALES MERCURIALES: MERCURIOCROMO. MINERÍA BATERIAS. LAMPARAS MERCURIALES. PLATEADO DE ESPEJOS.
INTOXICACION POR MERCURIO
MECANISMO DE ACCION :
PRECIPITA LAS PROTEINAS = DAÑO A LA PARED CELULAR ( PULMONAR , RENAL Y MUSCULAR.).
INTOXICACION POR ARSENICO
VENENO CLASICO .
USOS:
RODENTICIDA, FABRICA DE PINTURA, ESMALTES,  EN CULTIVOS DE ALGODÓN, PIÑAS.
INTOXICACION :
SUICIDA, ACCIDENTAL Y CRIMINAL.
INTOXICACION POR ARSENICO
MECANISMO DE ACCION :
PRECIPITA LAS PROTEINAS = DAÑO   CELULAR  E IMPIDE LA DIVISION CELULAR.
SINTOMATOLOGIA :
VASODILATACIÓN PERFERICA, ALTERACION GASTROINTESTINAL AGUDO, VOMITOS , DIARREA EN AGUA DE ARROZ, DESEQUILIBRIO HIDROELECTROLITOS. FIEBRE ANOREAXIA HEPATOMEGALIA ARRITMIA Y MUERTE 4° DIA.
MUESTRAS PARA EL LABORATORIO: SANGRE ,ORINA. UÑAS Y CABELLOS. ( CRONICA)
INTOXICACION POR PLOMO
ELEMENTO : Pb . SEMIMALEABLE Y SALES DE PLOMO.
USOS:
FABRICACION DE: BATERIAS. PINTURAS, GASOLINA ( TETRAETILO DE PLOMO: ANTIDETONANTE).
INTOXICACION :
ACCIDENTAL Y PROFESIONAL.
INTOXICACION POR PLOMO
MECANISMO DE ACCION :
PRECIPITA LAS PROTEINAS = DAÑO   CELULAR  A NIVEL RENAL, HEPATICO Y NERVIOSO.
SINTOMATOLOGIA : PRODUCE DAÑO EN LOS  SISTEMAS: OSEO, NERVIOSO. HEMATOPOYETICO. RIBETE DE BURTON
MUESTRAS PARA EL LABORATORIO: SANGRE . ORINA
UÑAS  ( CRONICA)
INTOXICACION POR TALIO
SALES DE TALIO: MATARATA . MATASIETE . MATARATA GUAYAQUIL Y SELIO.
VIAS DE INTOXICACION :  ORAL.
SINTOMATOLOGIA:  CAIDA DEL CABELLO. DOLOR ABDOMINAL INTENSO . PERDIDA DE LA FUERZA MUSCULAR. GASTRO ENTERITIS AGUDA. PARO RESPIRATORIO.
INTOXICACION :
ACCIDENTAL Y CRIMINAL.
OTROS TOXICOS
DERIVADOS DEL FLUOR
WARFARINICOS
INTOXICACION CON FOSFORO BLANCO
SOLVENTES
TOXICOS VEGETALES,
INTOXICACION POR FLUOR
FLUOR : SE ENCUENTRA COMO : GAS Y LIQUIDO.
CARACTERISTICAS FISICAS:   INCOLORO . INSABORO. INODORO.
USOS : FLUORIZACION DE  LAS AGUAS Y DIENTES.
ABSORCION : VIAS DIGESTIVAS , VIAS RESPIRATORIAS Y PIEL.
EFECTOS: DOLOR ABDOMINAL , SIALORREA, VOMITOS . CEFALEA SUBITA. MUERTE POR DEPRESION DEL CENTRO RESPIRATORIO Y FIBRILACION VENTRICULAR POR DEGENERACION DE LAS FIBRAS DEL MIOCARDIO.

INTOXICACION POR FLUOR
MECANISMO : IMPIDE EL METABOLISMO ENERGETICO EN LAS CELULAS.
FLUORACETATO DE SODIO: (Exterminio : No tiene antídoto en Colombia).
INTOXICACION :
ACCIDENTAL Y CRIMINAL.
DOSIS LETAL: 2 A 10 mg./ Kg DE PESO
INTOXICACION POR ANTICUAGULANTE  (WARFARINA)
DE INDICACION  MEDICA:  EN TRANSTORNOS DE LA COAGULACIÓN.
ANTICUAGULANTES : CUMARINICOS . WARFARINA. DICUMAROL.
ABSORCION :ORAL .
TOXICIDAD : VASODILATACIÓN – AUMENTA LA FRAGILIDAD VASCULAR. INHIBE LA FORMACION DE PROTROMBINA.  HEMORRAGÍA.
MUERTE SE PRODUCE POR : DISMINUCION DE LA PROTROMBINA.
TRATAMIENTO : VITAMINA K.
INTOXICACION POR FOSFORO
EN LA NATURALEZA:  SE ENCUENTRA  MEZCLADO COMO FOSFORITA.
FOSFORO INORGANICO Y FOSFORO ORGANICO.
CLASES DE FOSFORO: BLANCO O AMARILLO . FOSFORO ROJO O VIOLETA Y EL FOSFORO NEGRO.
FOSFORO BLANCO :  EN LA OXIDACION EMITE LUZ LLAMADA FOSFORECENCIA. PRODUCE REACCION = ENERGIA RADIANTE.
EN EL ORGANISMO: FOSFATOS ORGANICOS: EN NERVIOS , MUSCULOS Y CEREBRO. FOSFATO CALCICO ( HUESOS  Y DIENTES).
ALIMENTOS: LECHE, YEMA DE HUEVOS, TRIGO.

.
INTOXICACION POR FOSFORO
CERILLAS DE FOSFORO  SESQISULFURO DE FOSFORO.
FUEGOS ARTIFICIALES: TOTES , MARTINICAS = CONTIENE:  FOSFORO BLANCO – PENTOXIDO DE FOSFORO.
INTOXICACION :
ACCIDENTAL Y CRIMINAL.
SINTOMAS: NAUSEAS, VOMITOS, DIARREA, HEMORRAGIAS ICTERICIA. DAÑO MIOCARDICO , HEPATICO Y RENAL.
MECANISMO DE ACCION.
INHIBE LAS ENZIMAS HEPATICAS DEL METABOLISMO DE LAS GRASAS EN EL HIGADO.
DAÑA LAS MEMBRANA CELULAR DEL HEPATOCITO Y MUERE LAS CELULAS.
INTOXICACION POR FOSFORO
EL FOSFORO ES UN VENENO PROTOPLASMATICO.
MUERTE: 50 mg DE FOSFORO ES FATAL . 15 mg ALTAMENTE TOXICO
DEGENERACION O FASE TERMINAL FALLA MULTISISTEMICA)
DEGENERACION HEPATICA , CARDIACA,  RENAL ,  CONVULSIONES, TRANSTORNOS DE COAGULACION Y MUERTE.
HIDROCARBUROS Y SOLVENTES
SON DEREIVADOS DEL PETROLEO.
USOS:  COMBUSTIBLES , PRODUCCION DE PLASTICOS Y SOLVENTES.
HIDROCARBUROS:
1. CICLICOS AROMATICOS :
BENCENO: ------
TOLENO: --------.
XILENO--------.
2. ACICLICOS : ETILENO.
3. GASOLINA Y ACEITES.
GASOLINA: MEZCLA DE  HIDROCARBUROS.
OCTANOS- AROMATICOS.
KEROSENE. PETROLEO. ACPM.
TOXICOS VEGETALES
ESTRICNINA.
ESCOPOLAMINA.

PLANTAS TOXICAS.
          TOXICOS VEGETALES
ESTRICNINA.
ALCALOIDE QUE SE OBTIENE DE LA SEMILLA NUEZ VOMICA ( HABAS DE SAN IGNACIO.) INGESTION : ORAL. DOSIS LETAL: 30 mg.
ACTUA : EN EL SISTEMA NERVIOSO CENTRAL COMO  ESTIMULANTE.
ESTRICNINA.
MANIFESTACIONES CLINICAS:
CONVULSIONES . RIGIDEZ MUSCULAR. ANGUSTIA . MUERTE POR PARALISIS BULBAR E HIPOXIA.   LAS MANIFESTACIONES CLINICAS SE ASEMEJAN A LA  INFECCION  POR TETANO.
       TOXICOS VEGETALES
PLANTAS TOXICAS.
BORRACHERO, BURUNDANGA, CACAO SABANERO. (ESCOPOLAMINA ).
TOXICO MAS POTENTE
ULTIMA CENA: MEZCLA DE
CIANURO
FLUORACETATO DE SODIO
ORGANOFOSFORADO
ACCIDENTES OFIDICOS
MECANISMO DE ACCION:
SE MANIFIESTAN EN LA SANGRE , EN EL SISTEMA CARDIOVASCULAR, SISTEMA  RESPIRATORIOY EL NEUROVASCULAR .

ACCIDENTES OFIDICOS
NEUROTOXINAS :
CAUSAN BLOQUEO DE LA TRANSMISION NEUROMUSCULAR, PRODUCE LA MUERTE POR PARALISIS RESPIRATORIA.
MIOTOXINAS:
PROVOCAN CONTRACTURA MUSCULAR, PRODUCEN MIONECROSIS.
HEMORRAGINAS:
SU ACCION  CAPILAROTOXICA, SON RESPONSABLE DE HEMORRAGIAS.
ACCIDENTES OFIDICOS Y OTROS
ANTIVENENO: CADA 20 MINUTOS  APLICAR ( 0,02- 0,04- 0,1-0,25 Y 0,60) ml, luego inyecta 1 ml y aplicar la dosis de antiveneno hasta completar 100 ml.

ACCIDENTES POR ESCORPIONES , ARACNIDOS, ABEJAS, RANA COCOI,  PECES Y ANIMALES ACUATICOS.